La licencia por maternidad en Argentina beneficia a la mujer trabajadora, acorde a la ley de Contrato de Trabajo No. 20.744, donde indica el periodo que le corresponde sin laborar de 90 días distribuidos antes o después del parto.
También puede darse que la madre trabajadora decida que no gozará los 45 días antes del parto, para solo hacer uso de 30 días, dejando el resto para después del alumbramiento, sujeto a la supervición médica.
Pero no solo es favorecida con el permiso que le da la licencia por maternidad sino que también recibe una remuneración, por lo tanto se habla de una asignación familiar por maternidad. ¿Qué ocurre entonces si el hijo que nace tiene síndrome de Down? ¿Puede recibir la asignación familiar por maternidad?
En Argentina, cuando ocurre que el bebé de la trabajadora tiene síndrome de Down, la mamá tendrá derecho a seis meses de licencia sin goce de sueldo, al finalizar los 90 días de licencia por maternidad.
En esos seis meses continuará recibiendo una asignación familiar cuyo monto mensual es el mismo al que recibía por medio de la asignación familiar por maternidad.
Para poder percibir esta asignación en esta circunstancia, la mamá debe presentar a su empleador y a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), un certificado médico donde conste el diagnóstico del bebé recién nacido, por lo menos 15 días antes de que termine la licencia por maternidad.
ANSES le otorgará, aparte de la asignación por maternidad, asignaciones prenatales y por hijo, sin embargo, en estas situaciones existe un límite máximo de sueldo para recibirlas, que podrán revisarse en la página de ANSES.
Se recomienda que para poder recibir la asignación en el tiempo en el que se goza de licencia por maternidad, será conveniente que la trabajadora esté atenta a los trámites, para asegurarse de que no haya impedimento alguno para percibir los beneficios a los que tiene derecho.