Cartas al empleador para solicitar el Permiso Postnatal Parental

Permiso Postnatal Parental en Chile

Después de dar a luz lo que más nos importa es permanecer al lado de nuestros bebés, crear ese vínculo parental afectivo y hacerlo sentir seguros, por esa razón en Facemamá te damos las herramientas para que puedas acceder a tu Permiso Postnatal Parental en Chile, sin ningún problema.

Experto: El Servicio Nacional de la Mujer (Sernam)

Cuando esté por terminar tu permiso postnatal normal, debes presentar una carta o formulario especial a tu empleador con el fin de informarle tu decisión de trabajar media jornada o dedicarte a tu bebé tiempo completo durante otros 3 meses, si es que tu bebé tiene menos de 24 semanas y estas haciendo uso de tu postnatal o ya has vuelto a tu trabajo.

Facemamá.com redactó los documentos necesarios para que puedas fácilmente presentarlos en tu empleador, completa los requisitos, imprime y saca 3 copias. Las tres deben ir firmadas por el empleador, una de ella se la quedará él, otra la inspección del trabajo y otra la guardará la trabajadora.

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Consejos prácticos para acceder a la extensión del postnatal

Si tienes un bebé menor de 24 semanas y ya volviste a trabajar, toma nota de los siguientes datos para acceder a tu Permiso Postnatal Parental en Chile:

  1. Tienes hasta 5 días antes de tomarse el permiso postnatal parental para informar a tu empleador y a la Inspección del Trabajo (en caso de que trabajes en el sistema privado).
  2. Puedes informar sobre esta situación a través de una constancia escrita de forma presencial (carta) o por medio de una carta certificada (envío certificado a través de correos físico).
  3. Elementos que deben contener la carta: fecha de emisión, antecedentes de la trabajadora, antecedentes del hijo y semanas de vida del mismo, forma en que se tomaran el permiso (completo o media jornada) fecha calculada de su regreso a trabajar (a las 24 semanas y 1 día del bebé), entre otros elementos.
  4. Asistir a la Inspección del Trabajo (correspondiente a la de la comuna donde trabajan), se entrega una de las cartas firmadas por la trabajadora y el empleador y la que queda se la lleva la trabajadora.
  5. Esperar 5 días y ya pueden hacer uso de las semanas que les corresponden como Permiso Postnatal Parental.
  6. Solo en caso de las trabajadoras del sector privado debe enviarse copia del aviso a la Inspección del Trabajo.

Si ustedes o sus empleadores tienen dudas pueden llamar al servicio de consultas de Sernam 800 520 100 o a la Inspección del Trabajo 600 450 4000.

La ley 20.545 estipula que: «el empleador que impida el uso del permiso postnatal parental o realice cualquier práctica arbitraria o abusiva con el objeto de dificultar o hacer imposible el uso del permiso establecido en los incisos precedentes, será sancionado con multa a beneficio fiscal de 14 a 150 unidades tributarias mensuales. Cualquier infracción a lo dispuesto en este inciso podrá ser denunciada a la Inspección del Trabajo, entidad que también podrá proceder de oficio a este respecto”.

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