Es una de las causas de término del matrimonio que se materializa con la declaración judicial que realiza un Tribunal de Familia, poniendo fin al vínculo matrimonial.
¿Cuáles son las causales para pedir el divorcio?
Existen dos causales por las cuales se puede solicitar la declaración de divorcio al tribunal:
a) Cese de la convivencia: Es decir, que los cónyuges no hagan vida en común.
-Si ambos cónyuges solicitan el divorcio, (divorcio de común acuerdo o bilateral) este cese efectivo de convivencia debe ser superior a un año. En este caso de debe acompañar un acuerdo completo y suficiente.
– Si lo solicita sólo un cónyuge, el cese de la convivencia debe ser superior a tres años.
b) Conductas que infrinjan gravemente los deberes y obligaciones propias del matrimonio, o los deberes y obligaciones que se tienen respecto de los hijos, que tornen intolerable la vida en común, es lo que se conoce como divorcio por culpa. Ejemplos de estas conductas son maltrato físico o psicológico grave, contra el cónyuge o los hijos, atentado contra la vida del cónyuge o hijos, el incumplimiento grave y reiterado de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad, conducta homosexual de uno de los cónyuges,
alcoholismo o drogadicción que impida gravemente una convivencia armoniosa entre los cónyuges o entre éstos y los hijos.
¿Cómo se comprueba el cese de convivencia?
Los matrimonios celebrados después del 17 de noviembre de 2004, deben acreditar el cese efectivo de la convivencia con instrumentos establecidos en la Ley que son:
– Escritura pública o acta extendida y protocolizada ante notario público donde se deje constancia del término de la convivencia.
– Acta extendida ante el Oficial del Registro Civil en la que se deje la misma constancia.
– Copia de una transacción aprobada judicialmente, por ejemplo, en la que las partes regulan el pago de una pensión de alimentos en beneficio de uno de los cónyuges o de los hijos.
Los matrimonios celebrados con anterioridad a la fecha señalada, acreditan el cese con todo medio de prueba, principalmente testigos y documentos que den cuenta que los cónyuges han tenido diferentes domicilios.